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PROGRAMA CERTIFICACIÓN PROFESIONAL DE LA FEDERACIÓN DE QUIMICOS DE SONORA, A.C.

INTRODUCCIÓN:
La globalización mundial ha abierto los espacios para el ejercicio profesional en diversas regiones. México se encuentra inmerso en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) junto con Estados Unidos y Canadá, por lo que sus profesionistas deben estar en el nivel de competencia de los profesionistas de esos países, de no iniciar la homogenización se corre el riesgo de dejar en desventaja a los profesionistas mexicanos. En el capítulo XII del TLCAN se contempla que la negociación en materia de servicios profesionales está sujeta, entre otros, al desarrollo profesional y renovación de la certificación, educación continua y los requisitos correspondientes para conservar el certificado profesional. Actualmente, para responder a los desafíos de la globalización es necesario preparar a los profesionistas para un mundo del trabajo, donde las tareas que van a desempeñar estarán en constante evolución. Por esta razón, el profesionista debe continuar preparándose, es decir, entrar en procesos de educación continua y certificación profesional para estar a la vanguardia y hacer frente a este mundo globalizado. Para enfrentar estos retos se necesita, en primer lugar, un sistema educativo de calidad y, en segundo, un aprendizaje permanente. Es por eso que la Federación de Químicos de Sonora A. C. con apoyo de la Universidad de Sonora como órgano evaluador externo y la Secretaría de Educación y Cultura, certificarán la competencia laboral, por lo que será necesario que el profesionista proporcione evidencias de los conocimientos adquiridos, habilidades o destrezas. En la nueva Ley de Profesiones del Estado de Sonora, se contempla en el artículo 28.- Corresponde a los Colegios de Profesionistas: Inciso XIII.- Impulsar, conjuntamente con las instituciones de educación media superior y superior establecidas en el Estado, la mejora continua de los niveles de actualización, titulación y certificación profesional de sus asociados. Por todo esto a principios del 2006, la Federación de Químicos de Sonora, A. C. inicia formalmente su acciones encaminadas a lograr la certificación profesional de sus afiliados, estrategias originadas para otorgarles una ventaja competitiva para enfrentar con éxito el actual contexto de cambios y adecuaciones en la vida profesional de Sonora y México, derivados de las condiciones de globalización en los servicios profesionales; todo esto a través de la evaluación de competencias profesionales. La Federación de Químicos de Sonora, A. C. cuenta con un proceso de certificación claro y transparente, que aseguran la calidad del mismo y calidad de los profesionistas que pasaran por el, donde evaluarán los rubros que permitan presentar al Químico ante cualquier mercado como a un profesionista que cuenta con la capacidad para competir internacionalmente.

OBJETIVO DE LA CERTIFICACIÓN PROFESIONAL:

Otorgar a los Profesionales de la Química Clínica, un reconocimiento que permita demostrar a la comunidad Química y a la sociedad en general, quienes son los profesionistas que han alcanzado un grado de capacitación y actualización de sus conocimientos y destrezas en el desempeño del laboratorio clínico, bajo las condiciones y requerimientos actuales para el ejercicio profesional.

OBJETIVO DE LA RECERTIFICACIÓN:

Demostrar su continua participación en actividades académicas para mantener su alto grado de capacitación.

POLÍTICAS DE EVALUACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN PROFESIONAL:

La FeQuiSon, como Organismo de Certificación Profesional, establece mecanismos de evaluación que le permitan medir y verificar el grado de actualización de conocimientos, habilidades, y destreza que presentan los Químicos Clínicos en el ejercicio de su profesión.

Con estos mecanismos se busca establecer los puntos de calificación que deberán alcanzar los profesionales de la Química en las diversas áreas del Laboratorio Clínico, de manera que reflejen su capacidad para satisfacer eficazmente las necesidades de los servicios de la salud.

El proceso de certificación de los profesionistas de la Química Clínica, se llevará a cabo a través de la evaluación curricular que medirá el grado de actividades de educación continua desarrolladas en los últimos tres años de su ejercicio profesional, y a través de la evaluación de conocimientos, que medirá el grado de capacitación y destreza que presenta el profesional de la Química en su desempeño.

1. Evaluación curricular, se considera un mínimo de 180 horas-crédito acumuladas durante los últimos tres años.  De estas 180 horas-crédito, se tomarán, al menos, 120 para la participación en cursos, talleres, congresos y otros eventos académicos, los cuales comprueben estar avalados por Colegios de Químicos, la FeQuiSon y el CoNaQuiC.  Las otras 60 horas-crédito podrán ser consideradas para cursos, talleres, congresos y otros eventos académicos, avalados por Instituciones de Educación Superior con Escuelas o Facultades del área de la Química Clínica y por la Secretaría de Salud.

2. Evaluación de conocimientos, se considera la aplicación de un examen escrito, el cual será diseñado y aplicado, en conjunto con la División de Ciencias Biológicas y de la Salud de la Universidad de Sonora.  Para ello se realizará un convenio de colaboración.

3. La Comisión de Certificación de la FeQuiSon designará los temas a evaluarse y la Universidad de Sonora diseñará los reactivos y efectuará la aplicación del examen.  La Universidad de Sonora emitirá los resultados del examen, con los puntos alcanzados por cada solicitante de certificación, a través de un informe.

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD:

1. El aspirante a la Certificación solicita información al Evaluador Interno o a la persona responsable en  las oficinas de la FeQuiSon.

2. El Evaluador Interno o la persona responsable en las oficinas de la FeQuiSon entregarán al aspirante a la Certificación el formato SGC-F-005 (Anexo VI) y los instructivos SGC-I-01 (Anexo I), SGC-I-02 (Anexo II), SGC-I-03 (Anexo III) y SGC-I-04 (Anexo IV). Así mismo se informará al aspirante que la revisión de la documentación para su validación tendrá un costo que corresponderá al 10% del pago de derechos que hará en el banco el cual será aplicable solo en el caso de que no pase la validación de documentos. Por lo tanto, la FeQuiSon solo expedirá recibos de pago hasta que se haya completado el proceso de validación de documentos, al que se hace referencia en el apartado 6.5.2.

3. El aspirante a la Certificación entregará al Evaluador Interno o a la persona responsable  en las oficinas de la FeQuiSon, la Solicitud de Certificación con la documentación requerida y el comprobante bancario del pago de derechos.

4. El Evaluador Interno o a la persona responsable en las oficinas de la FeQuiSon revisa la documentación para su validación y procede a una verificación de las evidencias documentadas, efectuando las siguientes acciones:

4.1 Entrevistar directamente al aspirante a la Certificación sobre sus actividades realizadas en cada una de las evidencias documentadas que presentó.

4.2 Investigar, a través de las instituciones que avalan la documentación presentada, sobre el desarrollo de dichas actividades en caso que exista alguna duda.

4.3 Se evaluará la documentación para determinar los puntajes de cada una de las actividades presentadas, según el Tabulador de Evaluación de la Actualización y Desempeño Profesional vigente SGC-I-03  (Anexo III).

5.  Si la información de la documentación resulta ser apropiada, el Evaluador Interno o la persona responsable en las oficinas de la FeQuiSon procede a lo siguiente:

5.1 Elaborar un Reporte de Conformidad de la Documentación SGC-F-007 (Anexo VII), en el que se asiente la Conformidad de las evidencias documentadas.

5.2 Entregar el Reporte de Conformidad de la documentación, junto con el expediente curricular del aspirante a la Certificación, a la Comisión de Certificación de la FeQuiSon y el comprobante bancario de pago de derechos se entregará específicamente a la Tesorería de la FeQuiSon. La Tesorería de la FeQuiSon, entonces podrá expedir el recibo de pago por la cantidad pagada en el banco por el aspirante a la Certificación.

5.2.1. Si los resultados de la evaluación curricular manifiestan el puntaje mínimo a alcanzar, el aspirante a la Certificación tendrá derecho a la evaluación de conocimientos teóricos.

6. La Comisión de Certificación informará por escrito, a través de un Evaluador Interno o directamente, de los resultados de la evaluación curricular y hará de su conocimiento la fecha y lugar para la evaluación de conocimientos, si ese es el caso.

6.1 La Comisión de Certificación enviará al Coordinador de Evaluación de Conocimientos para la Certificación Profesional de la Universidad de Sonora, la relación de Químicos aspirantes a la Evaluación de Conocimientos SGC-F-008 (Anexo VIII), junto con el formato de Informe de Resultados de la Evaluación de Conocimientos SGC-F-009 (Anexo IX).

6.2 La Comisión de Certificación recibirá el Informe de Resultados de la Evaluación de Conocimientos, firmado por el Coordinador de Evaluación y sellado por la Universidad de Sonora.

6.3 La Comisión de Certificación informará por escrito los resultados finales de la evaluación para la Certificación a cada uno de los aspirante a la Certificación, y expedirá el documento correspondiente que lo acredita como Químico Certificado con una vigencia de tres años avalado por la Secretaria de Educación y Cultura y la Federación de Químicos de Sonora A. C. SGC-F-010 (Anexo X).

7.  Si la información de la documentación o parte de ella resulta ser inapropiada, el Evaluador Interno o a la persona responsable en las oficinas de la FeQuiSon procede a lo siguiente:

7.1 Indicar en el Reporte de Conformidad de la Documentación SGC-F-007  (Anexo VII), No Conforme el Resultado de la Revisión de la Documentación, anotando las observaciones correspondientes. Solicitar a la Tesorería de la FeQuiSon la expedición del cheque por el 90% del pago que realizó el aspirante a la certificación.

7.2 Regresar la documentación y el cheque por el 90% del pago de derechos que hizo, al aspirante a la certificación informándole de la situación, y hacer entrega del Reporte No Conforme al Resultado de la Revisión de la Documentación a la Comisión de Certificación y deberá firmar el documento SGC-F-013 (Anexo XI) por la cantidad de dinero que se le devuelve.

8.Si el aspirante a la certificación no cumple con los requisitos de evaluación de conocimientos, no le será devuelta la cuota correspondiente, ni los documentos que haya presentado, éstos formaran parte del archivo de la Comisión de Certificación de la FeQuiSon.

9. El aspirante a la certificación que no haya cumplido con los requisitos de evaluación de conocimientos, podrá presentar nueva solicitud en las siguientes convocatorias realizando todo el proceso y pagando solo el 50% del costo.

10. El Tesorero de la FeQuiSon emitirá los cheques correspondientes para el pago del 20% a la UNISON y del 20%, si fuese el caso, al colegio correspondiente.

11. Las decisiones de la Comisión de Certificación de la FeQuiSon, tanto del resultado de la evaluación curricular como de la evaluación conocimientos, serán inapelables.