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Reglamento para la Solicitud y Otorgamiento de Aval de Actividades Académicas por la FeQuiSon

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INTRODUCIÓN.

El otorgamiento de aval por medio de la Comisión de Educación Continua de la FeQuiSon, tiene como objetivo reconocer la calidad académica o de investigación de un evento académico sin responsabilidad en la organización, ejecución ni en las opiniones que fueren vertidas durante el evento.

La comisión de Educación Continua deberá llevar un registro de todas las actividades académicas como: talleres, cursos (teóricos, demostrativos y prácticos), diplomados u otras actividades donde se adquieran conocimientos del área a fin y sean organizadas por los colegios de químicos afiliados a nuestra agrupación y otras instituciones interesados en las que la FeQuiSon otorgue el aval.

POLÍTICAS DE CALIDAD.

Será completa responsabilidad del presidente del colegio solicitante o de la institución la legitimidad de los documentos a avalar.

Cualquier anomalía detectada por la Comisión de Educación Continua durante el proceso de solicitud de registro, será tratada y sancionada conforme a los Estatutos y Código de Ética de la FeQuiSon, así como a los reglamentos y demás acuerdos existentes relacionados con el proceso.

OBJETIVOS.

1. Formalizar los requisitos que deberán cumplir los Colegios de Químicos y otros interesados para el otorgamiento de aval de la FeQuiSon, para sus actividades académicas.

2. Llevar un registro de actividades académicas en las que la FeQuiSon otorga el aval de la actividad académica organizada por los Colegios de Químicos afiliados a nuestra agrupación y otros interesados, mediante la Comisión de Educación Continua.

3. Normar el diseño de los documentos que se otorgaran en los eventos académicos avalados por la FeQuiSon.

CAPÍTULO I

DE LA SOLICITUD PARA EL OTORGAMIENTO DE AVAL DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS.

Artículo 1. Solicitud del aval.

1.1 Con un mínimo de 15 días naturales, antes de realizar el evento académico, enviar por correo electrónico y en formato PDF la solicitud de aval de la actividad, en hoja membretada conteniendo los documentos estipulados en este reglamento a la Comisión de Educación Continua de la FeQuiSon.

1.2 La solicitud deberá incluir la siguiente información:

1.2.1 Dirigirse a la coordinación de Educación Continua de la FeQuiSon, firmada por el coordinador de la actividad académica.

1.2.2 El nombre completo del evento académico y la modalidad en que será realizado: presencial, virtual o híbrido.

1.2.3 El programa de la actividad académica en el que se detallen las actividades incluyendo las fechas, horarios y lugares, así como:

1.2.3.1 Las instituciones que van a participar como aval académico.

1.2.3.2 El número de horas a otorgarse, el cual será de acuerdo con el evento a realizar:

a) Diplomados: mínimo de 120 h.

b) Cursos: mínimo de 20 h.

c) Talleres: mínimo de 12 h.

d) Conferencia: mínimo de 2 horas con un máximo 11 horas.

1.2.4 De los costos.

1.2.4.1 Resolución de solicitud de aval:

a) Para los Colegios afiliados a la FeQuiSon no habrá costo.

b) Para otros organismos y Colegios no afiliados a la FeQuiSon: El aval no tendrá ningún costo monetario, pero el solicitante deberá otorgar a la FeQuiSon 4 becas para el evento académico avalado.

c) Para otros organismos y Colegios no afiliados a la FeQuiSon: El aval no tendrá ningún costo monetario, pero el solicitante deberá comprometerse a otorgar a la FeQuiSon de cuatro a diez becas del 100% dependiendo de la planeación del evento. Estas becas serán sorteadas a los colegios afiliados a la FeQuiSon.

1.3 La decisión del otorgamiento de aval es responsabilidad de la Comisión de Educación Continua, por lo que el fallo es inapelable.

Artículo 2. Requisitos a enviar por escrito.

Además de la información mencionada anteriormente, con la solicitud de aval, se debe anexar la siguiente información.

2.1 El nombre del(os) profesor(es) que participará(n) en la actividad académica.

2.1.1 En caso de que el profesor titular del curso no esté registrado ante la FeQuiSon, se deberá enviar también su currículo detallado, con la documentación probatoria (copia de Título y Cédula Profesional legalmente expedidas y documentos que avalen su experiencia en el tema a impartir) para validación e ingreso al directorio de expositores de la FeQuiSon.

Artículo 3. Documentos que se otorgan.

3.1 Del papel donde se debe imprimir el documento.

a) Deberá ser de color blanco, tipo cartulina u opalina.

b) No deberá contener figuras, impresiones o dibujos que impidan su fácil lectura.

c) No deberá contener figuras o dibujos que al fotocopiarse impidan su legibilidad.

d) El grosor del papel será de 160 g/m2 como mínimo.

e) Tamaño carta (21.6 cm x 27.9 cm) e impreso con orientación horizontal.

f) No se deberá imprimir en hojas de papel bond.

g) No se deberá imprimir en hojas cuyo diseño, grosor o grabados le reste seriedad al documento (Diploma, Reconocimiento o Constancia).

Artículo 4. Envío de los documentos del evento para su sello y firma.

4.1 Enviar a la Comisión de Educación Continua de la FeQuiSon, los documentos oficiales, debidamente empaquetados para su correspondiente registro, así como para que sean sellados y firmados.

4.2 El envío se realizará en un sobre cerrado rotulado con la siguiente información del remitente:

a) Nombre completo, con letra legible del Colegio organizador local (no se deberá abreviar ninguna parte del nombre).

b) Nombre completo del Químico del Colegio local responsable del envío.

c) Dirección completa (calle, número, colonia, código postal, ciudad, estado y teléfono), a donde se tendrá que regresar el paquete.

4.3 Guía prepagada. Deberá enviarse dentro del sobre una guía prepagada previamente llena con los datos a donde se va a regresar el paquete y deberá tener el peso total del paquete para su reenvío.

4.4 No enviar dinero en efectivo, ni cheque para el reenvío de los Diplomas, Reconocimientos o Constancias.

4.5 No se harán reenvíos por cobrar.

4.6 No se regresarán documentos que:

a) No sean acompañados por la guía prepagada.

b) No cumplan con los requisitos establecidos.

4.7 Los documentos que no cumplan con los requisitos:

a) Serán retenidos y no serán reenviados hasta que se cumpla totalmente con los requisitos establecidos.

b) Después de 6 meses de resguardo en la comisión de Educación Continua, sin ser reclamado por el Colegio Local, serán cancelados.

c) No se registrará la actividad que avaló el documento (Diploma, Constancia, Reconocimiento), en los archivos llevados por la Comisión de Educación Continua.

Artículo 5. Recepción de los documentos del evento para su sello y firma.

5.1 Los documentos deberán recibirse ordenados y acorde a la lista de participantes enviada en hoja membretada del Colegio u otro organismo y firmada por el coordinador de la actividad académica.

5.2 Al recibir el paquete de documentos se revisarán y se comprobará que corresponda a la información que se adjunta, para que, en su caso, se notifique inmediatamente al remitente sobre alguna anomalía encontrada.

5.3 Solo se firmarán documentos que cumplan con los requisitos de diseño establecidos por la Comisión de Educación Continua de la FeQuiSon.

5.4 Sólo serán sellados y firmados:

a) Los documentos que cuenten con aval FeQuiSon.

b) Los documentos que tengan el nombre impreso, de los Químicos a los que les serán entregados.

c) Los documentos con las firmas incluidas según el Artículo 16.

5.5 El sello de la Comisión de Educación Continua de la FeQuiSon deberá contener, el logo y nombre de la FeQuiSon, número de registro, la leyenda "El presente documento quedó registrado en el Libro, Folio, No.", (Imagen 1) y deberá colocarse en la parte posterior en la esquina superior del lado izquierdo; el sello del Colegio u organismo local se colocará en la parte posterior central del documento.

Imagen 1. Sello de la Comisión de Educación Continua.

5.6 No se firmarán ni sellarán documentos:

a) Antes de que se realicen los eventos académicos.

b) Que adolezcan de alguna firma.

c) Documentos que no hayan solicitado el aval.

5.7 Se reenviará en un tiempo no mayor a siete días hábiles toda la documentación recibida, que cumpla con lo establecido en este reglamento.

CAPÍTULO II

DE LA SOLICITUD PARA EL OTORGAMIENTO DE AVAL DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS EN LÍNEA A TRAVÉS DE PLATAFORMAS DIGITALES.

Artículo 6. Solicitud del aval.

6.1 Serán los mismos del Artículo 1 de este reglamento.

Artículo 7. Requisitos a enviar por escrito.

7.1 Serán los mismos que el Artículo 2 de este reglamento.

Artículo 8. Documentos que se otorgan.

8.1 Podrán ser emitidas de forma digital, bajo la previa autorización de la Comisión de Educación Continua.

8.2 Terminado el evento académico se deberá solicitar vía correo electrónico los folios de acuerdo al listado de participantes a la actividad académica elaborado en Excel (ANEXO 1).

8.3 El Coordinador de Educación Continua de la FeQuiSon, deberá reenviar en un tiempo no mayor a siete días hábiles los folios de registro de cada participante y la firma electrónica para su anexo en cada documento.

CAPÍTULO III

DE LOS DOCUMENTOS Y SU ELABORACIÓN.

Artículo 9. Tipo de documento.

Los documentos emitidos serán de los 4 tipos siguientes:

a) Diploma: Título o credencial que expide una corporación, una facultad, una sociedad, entre otros, para acreditar un grado académico, una prerrogativa, un premio, etc. Por lo que será reservado para los documentos a otorgar en Diplomados.

b) Certificado: Documento en que se asegura la verdad de un hecho. Por lo que será reservado para los documentos a otorgar la Comisión de Certificación de la FeQuiSon.

c) Constancia: Escrito en que se hace constar algún acto o hecho, a veces de manera fehaciente. Por lo que será reservado para los documentos a otorgar a los participantes como ponentes y asistentes que participen en los eventos académicos que sean organizados y/o avalados por la FeQuiSon,

d) Reconocimiento: Acción efecto de reconocer o reconocerse. A lo cual será reservado para los documentos a otorgar a los participantes del jurado calificador, participantes y colaboradores al concurso de carteles "Premio Q.B. Dagoberto Urbina Williams", casas comerciales (expositores), colegios que cumplan con el servicio social profesional, organizadores de eventos académicos de la FeQuiSon, participación en el consejo directivo y comisiones de trabajo, estos no tendrán valor de horas crédito.

Artículo 10. Información que deben llevar los documentos.

10.1 Nombre del Colegio afiliado a la FeQuiSon que organiza la actividad académica y solicita el aval, deberá estar presente en la parte media superior, seguidamente en la parte inferior al nombre y con letra más pequeña deberá mencionarse su registro ante la SEC; debajo de lo anterior anotar la leyenda "Afiliado a la Federación de Químicos de Sonora A. C.", debajo con letra más pequeña "Registro SEC 111" el cual es el registro de FeQuiSon ante la Dirección General de Profesiones de la SEC. (ANEXO 2)

10.2 En caso de ser un particular el solicitante del aval, éste no presentará la leyenda de Afiliación a la Federación de Químicos de Sonora, A. C. ni el registro ante la SEC de esta.

10.3 El nombre oficial del evento académico organizado se debe adecuar la leyenda "Otorgan la (el) presente", dependiendo del tipo de documento y anotando el tipo de documento. (ANEXO 3)

Artículo 11. Logotipos oficiales.

11.1 El documento deberá llevar el logotipo oficial de la FeQuiSon, el cual será proporcionado por la Comisión de Educación Continua.

11.2 El documento deberá incluir el logotipo oficial del Colegio de Químicos afiliado a la FeQuiSon que solicita el aval o el logotipo de la organización particular no afiliada a la FeQuiSon que solicita el aval.

11.3 El acomodo de los logotipos de las agrupaciones participantes contenidos en el documento se adecuará al siguiente orden: iniciando en esquina superior izquierda, seguido de esquina superior derecha, continuando con la esquina superior izquierda debajo del primer logo y finalizando con la esquina superior derecha debajo del segundo logo. La jerarquización quedará a su consideración. (ANEXO 4)

11.4 En caso de solicitar el aval de la Federación Internacional de Química Clínica y Medicina de Laboratorio (IFCC), Federación Nacional de Químicos Clínicos CONAQUIC A. C., Colegio Nacional de Químicos Clínico en Medicina de Laboratorio A.C. (CONQUILAB) y Universidad de Sonora, apegarse al reglamento establecido por los mismos.

Artículo 12. Título y nombre del profesional reconocido.

12.1 El nombre del profesional deberá ser escrito utilizando mayúsculas y minúsculas y empezar con el(los) nombre(s), continuando con el apellido paterno y materno. No se deberán utilizar abreviaturas.

12.2 Deberá llevar la abreviatura "Quím." para todas las constancias, diplomas y reconocimientos que sean otorgados por la FeQuiSon y sus Colegios, excepto para aquellos que cuenten con grado de certificación vigente, en estos casos llevará la abreviatura de "Quím. Cert.". Por lo tanto, no se especificará el título de licenciatura (Q.F.B., Q.B.P., Q.B.C., Q.C., etc.). Sin embargo, para el caso de no ser Químico el profesional a otorgar el documento, escribir el título abreviado de su profesión (Enf., Lic., Ing., etc.); en caso de ser estudiantes solo se pondrá el nombre del participante. (ANEXO 5)

12.3 Para la constancia del ponente, se escribirá abreviado el máximo grado académico obtenido por quien imparta la actividad académica (M.C., Dr., etc.). (ANEXO 6)

Artículo 13. Tipo de participación y evento.

13.1 Deberá anotarse el tipo de participación que realizó el profesionista o estudiante, dentro del evento académico: ponente o asistente.

13.2 El nombre oficial del evento académico organizado y avalado por la FeQuiSon o sus colegios afiliados.

Artículo 14. Horas crédito a otorgar.

14.1 Las horas crédito se anotarán con número arábigo en el documento a otorgar.

14.2 Los asistentes se harán acreedores a la cantidad de horas crédito equivalentes a las horas de duración de la actividad académica a la que asiste.

14.3 Los profesores y ponentes serán acreedores a las horas crédito equivalentes a las horas correspondientes a la actividad académica impartida por ellos.

Artículo 15. Lugar y fecha de realización.

15.1 Se escribirá el nombre de la ciudad sede del Colegio afiliado a la FeQuiSon que organizó la actividad académica, así como el nombre del Estado al que pertenece. (ANEXO 7)

15.2 Se anotará la fecha (día, mes y año) en que se llevó a cabo la actividad académica. Cuando se trate de cursos,  diplomados o talleres realizados en varios días, se deben considerar las fechas de inicio y fin del evento. (ANEXO 8)

Artículo 16. Rúbricas del documento.

El documento deberá llevar los nombres y firmas que estarán ordenados de izquierda a derecha.

16.1 Deberá incluir el nombre del Coordinador de Educación Continua de la FeQuiSon, y abajo del nombre se colocará en forma visible el folio asignado y registrado en el Libro de Educación Continua de la FeQuiSon, bajo el siguiente formato: Libro. __Folio.      No. __ (ANEXO 9)

16.2 El nombre del profesor titular de la actividad académica o en caso de ser múltiples ponentes el presidente del Colegio u organismo solicitante (ANEXO 10)

16.3 El nombre del Coordinador de Educación Continua del Colegio afiliado que solicita el aval o del Coordinador de la actividad académica de la institución privada que solicita el aval. (ANEXO 11)

16.4 En caso de solicitar el aval de la Federación Internacional de Química Clínica y Medicina de Laboratorio (IFCC), Federación Nacional de Químicos Clínicos CONAQUIC A. C., Colegio Nacional de Químicos Clínico en Medicina de Laboratorio A.C. (CONQUILAB) y Universidad de Sonora, apegarse al reglamento establecido por los mismos.

CAPÍTULO IV

DE LAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE AVAL DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS POR LA FEQUISON.

Artículo 17.

El presente Reglamento solo podrá modificarse a solicitud propia de la Comisión de Educación Continua y/o el presidente de la FeQuiSon.  Las modificaciones propuestas deberán ser presentadas por escrito, estudiadas, discutidas y aprobadas por la Asamblea de la FeQuiSon.

Artículo 18.

El presente Reglamento entra en vigor a partir de su aprobación por la asamblea de la FeQuiSon. Todo aquello no detallado en este reglamento queda a resolución de la Comisión de Educación Continua de la FeQuiSon.

HISTORIAL DE CAMBIOS

REVISIÓN DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO AUTOR FECHA
00 Alta del Reglamento Consejo Directivo 2019 - 2021 Octubre 2019
01 Actualización Consejo Directivo 2021 - 2023 Junio 2022
02 Actualización Consejo Directivo 2021 - 2023 Septiembre 2022