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Reglamento para la vinculación Universitaria de la FeQuiSon

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Objetivo General
Proporcionar al futuro profesionista del Área de Química Clínica, la información necesaria y calificada sobre la conveniencia del desarrollo de su actividad profesional en un entorno colegiado.

Objetivos Específicos .
1. Favorecer un vínculo entre los estudiantes y recién egresados (pasantes) de las carreras afines a la Química Clínica con la Federación de Químicos de Sonora A.C. ( FeQuiSon).
2. Dar a conocer a los estudiantes y recién egresados, el Reglamento para la Integración de Estudiantes y Pasantes, a los Colegios afiliados a la FeQuiSon.
3. Proporcionar a los estudiantes y recién egresados, la información de contacto del Colegio afiliado a la FeQuiSon, según su ubicación en el estado de Sonora.
4. Incentivar la consulta de la página web de FeQuiSon: www.FeQuiSon.org y la página de Facebook: Federación de Químicos de Sonora A.C.
5. Estimular la participación de los estudiantes y recién egresados, en los eventos académicos organizados por la FeQuiSon y sus Colegios Afiliados.

CAPITULO I

De la Comisión de Vinculación Universitaria
Artículo 1.1 El Coordinador de la Comisión de Vinculación Universitaria de la FeQuiSon, deberá informar a los Presidentes de los Colegios afiliados, la importancia de llevar a cabo un programa de actividades a través del cual se establezca un enlace entre la FeQuiSon, los Colegios, los estudiantes y los recién egresados universitarios, que permita el intercambio de información para tener como resultado la inserción de estudiantes y recién egresados a los Colegios. Esta información se deberá proporcionar, durante la primera asamblea de la FeQuiSon a llevarse a cabo, el segundo sábado de febrero.

Artículo 1.2 El Coordinador de la Comisión de Vinculación Universitaria pondrá a disposición de los Presidentes de los Colegios, el Reglamento para la Integración de Estudiantes y Pasantes, a los Colegios afiliados a la FeQuiSon.

Artículo 1.3 La Comisión de Vinculación Universitaria solicitará a los Presidentes de los Colegios, la elaboración de un Informe de Actividades de Vinculación realizadas durante el año. Este informe deberá enviarse a la Comisión de Vinculación Universitaria, la primera quincena del mes de octubre.

Artículo 1.4 La Comisión de Vinculación Universitaria deberá presentar el Informe de Actividades de Vinculación Universitaria, realizadas por los Colegios afiliados. Este informe deberá ser presentado durante la Asamblea Fequison a llevarse a cabo, el segundo sábado de noviembre.

CAPITULO II

De los Colegios afiliados
Artículo 2.1 Los Colegios deberán contar con un programa de promoción de su Colegio a nivel universitario, con el propósito de ponderar la conveniencia de su actividad profesional futura en un entorno colegiado.

Artículo 2.2 Los Colegios deberán llevar a la práctica el Reglamento para la Integración de Estudiantes y Pasantes, a los Colegios afiliados a la FeQuiSon.

Artículo 2.3 Los Colegios deberán contar con un programa de actividades de vinculación orientado a la inclusión de estudiantes y recién egresados en actividades de educación continua, entre las que se pueden considerar: conferencias, cursos, talleres, congresos, concursos académicos, etc.

Artículo 2.4 Cuando la actividad realizada lo amerite, se deberán tomar fotografías para acompañar el informe que deberá enviarse a la Comisión de Vinculación Universitaria. Estas fotografías, podrán ser publicadas en la página FeQuiSon o en Facebook.

CAPITULO III

De los informes de las actividades de Vinculación Universitaria
Artículo 3.1 Los Colegios deberán elaborar un informe anual de las actividades realizadas, mediante el llenado del formato RVU-F-01 (ANEXO I) y cuando sea el caso, deberán anexarse las fotografías de la actividad o el evento efectuado.

Artículo 3.2 Los Colegios que hayan captado el ingreso de estudiantes o recién egresados como resultado de la promoción de su Colegio y la Ejecución del Reglamento para la Integración de Estudiantes y Pasantes, deberán incluirlos en el apartado del Formato RVU-F-01: Evidencias de la Actividad.

Artículo 3.3 Los Colegios deberán enviar su informe al correo vinculación.uni@fequison.org

Artículo 3.4 El Colegio deberá recibir un correo electrónico, de la Comisión de Vinculación Universitaria, con la confirmación de informe recibido.

CAPITULO IV

De las modificaciones al Reglamento para la Vinculación Universitaria
Artículo 4. El presente Reglamento solo podrá modificarse a solicitud propia de la Comisión de Vinculación Universitaria al Presidente de la FeQuiSon. Las modificaciones propuestas deberán ser presentadas por escrito y aprobadas por la Asamblea.

HISTORIAL DE CAMBIOS

REVISIÓN DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO AUTOR FECHA
00 Alta del Reglamento Consejo Directivo 2019-2021 Febrero 2020
01 Actualización 2021 - 2023 Junio 2022